





El Poder Ejecutivo, mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), incluyó el otorgamiento de avales por las operaciones de crédito público externo para varias provincias, tres de los cuales son para la provincia de Santa Fe. Lo máximo a garantizar en este año alcanzaría a los 555 millones de dólares.


La provincia, a través del equipo económico que conduce Pablo Olivares, venía gestionando la inclusión de los avales. El respaldo estaba incluido en el proyecto de Presupuesto enviado al Congreso y no votado por las cámaras.
Se trata de hasta 125 millones de dólares para la continuidad del acueducto bi provincial Santa Fe - Córdoba con un plazo mínimo de amortización de 3 años; 30 millones de dólares para defensa contra inundaciones de la ciudad de San Javier y 400 millones, también en dólares, para infraestructura económica, productiva y social.
En el equipo económico santafesino se aclaró a El Litoral que las autorizaciones son para "eventuales operaciones futuras", excepto en el caso de San Javier que se viene ejecutando la obra tras el aval legislativo al crédito. "La inclusión es importante para tener ya aval por si surge alguna fuente de financiamiento externo en lo que resta del año", se aclaró.
La decisión de avalar posibles tomas de deudas provinciales fue incluida en el artículo 6 del DNU N° 186 que adecua el presupuesto nacional 2025 asignando recursos adicionales a áreas concretas, mencionadas en los diferentes artículos. Una planilla anexa al DNU contiene los créditos a avalar.
Además de Santa Fe se habilita el aval a deudas de Neuquén, Córdoba, CABA, Salta, Chubut, Chaco así como al INVAP y a la empresa Energía Argentina SA.
El proyecto de Presupuesto 2025 no fue aprobado en el Congreso por lo que el Poder Ejecutivo prorrogó el 2024 y va produciendo una serie de adecuaciones. En este caso, el DNU prevé partidas para áreas energéticas, educación, ciencia y tecnología; retiros y pensiones militares; represas en Santa Cruz, salud, Casa de la Moneda, etc.
Dos aspectos incluyen a las provincias, el aval para las deudas y también el régimen de extinción de obligaciones recíprocas entre el Estado nacional y las provincias.
Sobre la primera la Ley N° 25.917 de Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal dispone que "los gobiernos provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los municipios para acceder a operaciones de endeudamiento y otorgar garantías y avales, elevarán los antecedentes y la documentación correspondiente al Ministerio del Interior, el que conjuntamente con el Ministerio de Economía efectuarán un análisis a fin de autorizar tales operaciones conforme a los principios de la presente ley".
En los considerandos dice que "la deuda pública a la que buscan acceder las Provincias y la CABA garantizará la ejecución de obras y la prestación de servicios que mejorarán la calidad de vida de los ciudadanos argentinos".
En cuanto al régimen de extinción de obligaciones recíprocas entre Nación y provincias fue creado por un decreto del año pasado del Poder Ejecutivo y avala que bienes inmuebles "que son innecesarios y/o sin destino de propiedad del Estado Nacional podrán ser afectados al pago de deudas, lo que permitirá sanear parcialmente las cuentas públicas y aliviar el gasto que conlleva el mantenimiento de aquellos bienes que no aportan un valor fundamental para los fines estatales".
De esta manera se incorpora al sistema la Agencia de Administración de Bienes del Estado.
En este último caso, Santa Fe no tiene intenciones de conciliar debido a que Nación adeuda cifras millonarias al estado provincial y dice no disponer de dinero para saldar los compromisos.
CON INFORMACIÓN DE ELLITORAL.




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