"Los vicios ocultos en la compra de un automóvil usado tienen garantía extendida"

BUENAS NOTICIAS Omar EDEN
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El Doctor Carlos Zimerman no solo es el director de uno de los Bufetes de abogados más importantes de nuestro país, sino que es el director legal de la startup líder en consultas jurídicas de habla hispana como es 911 ABOGADO (www.911abogado.net). 

Hace unas semanas que el estudio que comparte con sus hijos sacó un fallo favorable en una denuncia realizada a una concesionaria líder de nuestro país , falló que sabemos sentó jurisprudencia y marca un camino a seguir en próximos reclamos. 

El fallo obtenido es en referencia al plazo de garantía en la compra de un automóvil usado. 

Nos comunicamos con el Doctor Zimerman, quien si bien no quiso hablar concretamente del fallo al que hacemos mención, sí aceptó hablar del tema en forma genérica .

-Doctor, el pensamiento popular es que la garantía al comprar un automóvil usado es de tres meses, sin embargo usted resalta que dicho plazo es de seis meses e inclusive más aún. ¿Cuál es concretamente el plazo para reclamarle a una agencia o a un particular por la compra de un auto usado?

Primero hay que diferenciar si la compra se realizó a un particular o a una agencia, eso tiene mucho que ver y no es una cuestión menor. Si uno lo compró a una agencia y no a un particular , se aplica la ley de defensa al consumidor, y es ahí donde hay que tener en cuenta si se trata de un vicio oculto o no. 

-¿Cuál es la diferencia si se trata de un "vicio oculto"?

En ese caso el período de reclamo se extiende, podemos hablar al menos de seis meses, aunque hay que ser muy cautos en los términos por que los mismos se pueden extender y también habrá que analizar si no se está en presencia de una cuestión dolosa, ahí ya podríamos estar hablando en otros términos y la estafa es una posibilidad. Yo siempre digo que cada caso se debe analizar en forma particular y no se puede generalizar.

-¿Pero por qué en el imaginario popular se habla de tres meses de garantía?

Te respondo . En el año 2015 se modificó la ley 24.240 de defensa del consumidor y se agregó un inciso fundamental para la compra-venta de cualquier bien mueble, en el que los autos quedan incluidos. Las compras tienen tres meses de garantía legal. Sin embargo, hay que aclarar que esta garantía legal no corre para la compraventa entre particulares.  Pero aquí quiero ser muy claro: Si existen vicios ocultos que son imposibles de detectar al momento de la compra, se extiende el plazo de la garantía legal antes mencionada a partir de la detección del mismo. De esta manera, es la parte vendedora quien se hará cargo de las reparaciones que correspondan por esos vicios ocultos. 

-Si mal no entendí. Cuando hay un vicio oculto la garantía comienza a regir desde el mismo momento que uno lo pudo detectar.

Correcto, es así . El vicio oculto no se puede apreciar hasta que el mismo aparece, ningún ciudadano de a pie lo puede advertir . Ese es justamente la clave, es ahí en donde tiene fundamento lo que te decía anteriormente que la garantía va más allá de los tres meses.

-¿Qué debe hacer una persona que detecta que el vehículo que compró vino con un vicio oculto?

Consultar a su abogado de confianza, hacerlo lo antes posible y preservar la mayor cantidad de pruebas. Es fundamental actuar con asesoramiento de un profesional especialista en el tema.

-Por último Doctor Zimerman, ¿Cómo fue el fallo que ustedes lograron?

Nuestro Estudio es reticente a dar detalles de casos concretos por que mucha gente se puede confundir y puede creer que es aplicable al caso que le lleva un colega y entendemos que eso no es justo, cada caso se tiene que analizar en particular. En Derecho uno más uno no es dos y nosotros somos muy respetuosos y cautos al respecto. 

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