Habrá que darle la razón a Luis Caputo. El próximo jueves 9 se en pagará en tiempo y forma los aproximadamente 4.700 millones de dólares en vencimientos de Bonares y globales; con un armado del tipo REPO (Repurchase Agreement), y se sabrá es día si finalmente parte de la garantía para esa operación de liquidación fue el oro que durante mediados del 2024 fue enviado desde las arcas del Banco Central a Londres. O si solo se usaron títulos públicos a tres años como garantía de pago.
La operación marcará seguramente un antes y un después en la relación del ministro con el mundo financiero, esperando una caída fuerte de la tasa de interés para el país ante los mercados internacionales; tanto para las colocaciones públicas como para los privados.
Pero también será el momento de reconocer que finalmente no ocurrió algo que traía dudas y temores desde que se conoció el dato de la salida del oro del BCRA. No hubo embestidas desde los múltiples fondos que litigan contra el país en Londres y en el resto del mundo, para reclamar embargos a ese metal precioso como garantía de pagos de las causas que la Argentina tiene prácticamente perdidas en los diferentes tribunales internacionales. Se sabía que tanto el Ministerio de Economía como la Procuración del Tesoro están absolutamente al tanto de los riesgos de embargos de activos financieros argentinos en el exterior, a partir de los dos juicios más importantes que el país mantiene abiertos en el exterior, y con sentencias firmes en contra de la Argentina.
Pero había antecedentes negativos y concretos sobre embargos de este tipo, como el de la Fragata Libertad en Ghana en octubre del 2012 y algunas sedes diplomáticas en los Estados Unidos. También hubo movimientos preventivos en el pasado, como haber mutado la sede del pago de vencimientos a deudores de Nueva York a Buenos Aires entre el 2013 y el 2014, para evitar embargos ya habilitados por Thomas Griesa durante el "Juicio del Siglo” contra los fondos buitre.
Estos casos estaban plenamente en conocimiento de la Procuración del Tesoro, que, algo raro en la Argentina de estos tiempos, mantiene cierta continuidad de política de Estado desde el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner al actual. O, al menos, así se comporta ante los tribunales donde se litiga contra Argentina. Se sabrá el jueves si todos los recaudos legales que se tomaron dieron finalmente resultado, y que la custodia negociada con el Banco de Inglaterra funcionó. Sin embargo, aún así, expertos internacionales en estas cuestiones saben que la seguridad nunca es total. Y que nunca puede haber 100% de garantías de coberturas ante eventuales embargos.
Más si se tiene en cuenta que los dos juicios abiertos más importantes, el de la manera en que se reestatizó YPF en 2012 y el de la manipulación de bonos durante la última gestión de Cristina Fernández de Kirchner con Axel Kicillof de ministro de Economía, ya tienen pedidos de embargos abiertos en tres territorios: Estados Unidos, Irlanda y el Reino Unido.
Este último caso es el de mayor para el oro en este 2025, ya que, precisamente, se trata de una causa radicada en Gran Bretaña, donde el país tiene ya sentencia firme negativa en primera y segunda instancia, y aguarda que la Corte Suprema británica resuelva si toma el caso o no.
Esta causa ya tiene sentencia casi firme y a un paso de habilitar eventuales embargos, como el del oro. Pero no será un movimiento sorpresivo y sin aviso. Ante el panorama, y la presencia del metal precioso en Londres, el Gobierno tendría una salida para evitar el embargo: apurar el cierre de la operación financiera que hizo que el oro fuera trasladado a Gran Bretaña, para que se abra un derecho de garantía en una persona, entidad financiera o pública.
Esta tendría la prioridad de la propiedad temporal del oro, por sobre cualquier reclamante que quisiera avanzar a través de los tribunales del Reino Unido. Por ejemplo, si el oro trasladado a ese país fuera utilizado como garantía de una operación de REPO por la cual Argentina recibiera o intereses o un préstamo de dinero, quien tenga la garantía de pago con el oro tendrá también la prioridad de mantener el metal por sobre los demandantes.
Cuando la operación del REPO termine, y ante el peligro de avanzada judicial, Argentina podrá cerrar un acuerdo con el acreedor primario y luego del pago correspondiente por los servicios, volver a trasladar el oro al país. Jugada riesgosa, pero posible. También podrá garantizarse ante la justicia londinense, que para el oro (como para cualquier bien financiero de garantía), no puede haber dos acreedores. Si son garantía de pago para el REPO, no pueden serlo para los juicios abiertos. Otra jugada riesgosa, donde la palabra final la tienen los tribunales internacionales.
En junio pasado, el país perdió en Gran Bretaña esta causa heredada de los años del kirchnerismo en el poder, por el que deberá pagar no menos de U$S 1.500 millones más multas y costas. La Corte de Apelaciones de Inglaterra y Gales había dejado en firme la decisión de la justicia británica en primera instancia, y condenó a la República Argentina a pagarle a un puñado de fondos buitre ese dinero en la causa por la supuesta manipulación de títulos públicos en 2013 y el no pago del Cupón PBI correspondiente a ese año. Finalmente, el 15 de octubre del 2024, Argentina perdió definitivamente este fallo ante la Corte Suprema del Reino Unido, que rechazó el pedido de apelación por parte de la Argentina, replicando la decisión del tribunal de Apelaciones. La causa ahora tiene fallo definitivo, y Argentina debería plantear a los vencedores la manera en que pagará esta deuda de más de 1.500 millones de dólares.
La causa que terminó en octubre en la Corte del Reiuno Unido, fue la tercera etapa luego del fallo contra el país en primera instancia del juez Stephen Phillips, al presentar el país sus argumentos ante el Tribunal de Apelación de Inglaterra y Gales contra los fondos demandantes Palladian Partners y Norinver Capital, entre otros, que denunciaron a la Argentina por haber abonado intereses correspondientes por el mecanismo de los títulos Cupón PBI emitidos durante el canje de deuda de 2006 y que debían pagar dividendos cuando el país creciera más de 3,5% anual.
No resultó el argumento presentado por los abogados que representaron a la Argentina en los tribunales de Londres, de plantear como contraofensiva el fallo a favor del país del 2 de abril pasado en los tribunales de primera instancia del Segundo Distrito Sur de Nueva York que conduce la jueza Loretta Preska.
Ese día, la magistrada de Manhattan (que tiene en vilo al país por la causa por la reestatización de YPF en 2012), le había dado la razón a la Argentina en una causa paralela a la de Londres. Esta decisión fue llevada ante los tribunales de Segunda Instancia de Inglaterra y Gales, como argumento para modificar la decisión original en Londres. Pero no hubo suerte, y los jueces de Apelación mantuvieron el fallo del juez Phillips.
La causa original fue iniciada en Nueva York por el fondo buitre Aurelius en enero de 2015, por la supuesta “mala fe” del país al alterar la medición del PBI del Indec para el ejercicio 2013, lo que derivó en una causa espejo en Londres, a partir de una presentación del fondo cautivo de Aurelius Novoriver, a la que luego se sumó Palladian con un grupo menor de tenedores de deuda argentina.
Según los demandantes, el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, con Axel Kicillof como ministro de Economía, alteró la base de cálculo del EMAE para que el crecimiento final del PBI de ese año no superara el 3,22% y así no activar la cláusula de liquidación del Cupón PBI. El Indec calculó para ese año un crecimiento del 2,9%, pero modificando el cálculo base, una acción que para la justicia británica fue “adrede” para perjudicar a los tenedores de este bono, en lo que representa “mal desempeño de sus funciones”.
CON INFORMACION DE MDZOL.COM